Legislación y normativa
La Ley General de Discapacidad (antigua LISMI – Ley de Integración Social de los Minusválidos) establece que todas las empresas públicas y privadas españolas cuya plantilla (cómputo total de empleados independientemente del tipo de contratación) sea de 50 o más trabajadores deben tener una cuota de reserva a favor de las personas con una discapacidad igual o superior al 33% correspondiente al 2% de la plantilla. Esta ley pretende, entre otros objetivos, impulsar y fomentar la integración laboral de personas con discapacidad.
Origen de la LISMI



Condición de Discapacidad
La determina el órgano designado por la administración, basándose en informes individualizados por equipos multiprofesionales. El certificado expedido contiene tanto el reconocimiento de la discapacidad como el grado de la misma y se establecerá el reconocimiento de la aplicación de los derechos reconocidos a la LGD.
Destaca el capítulo sobre la integración laboral, cuya finalidad principal es conseguir la participación de este colectivo en el sistema ordinario de trabajo y potenciar su integración a partir de cupos obligatorios de personal discapacitado en todas las empresas. Estas medidas deben entenderse como una intervención necesaria para garantizar los derechos constitucionales de este colectivo.
Legislación específica de los CEE
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